Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) Novedades de Dirección Buenos Aires
23 de Junio de 2022
Publicado por Dirección Buenos Aires
Conceptos Generales
En el día Mundial del Suelo y la Tierra Fértil, queremos destacar al Seguro Ambiental Obligatorio (SAO), el mismo es exigido por la Ley General de Ambiente 25.675, artículo 22, para toda persona física o jurídica (pública o privada) que efectúe actividades riesgosas para el ecosistema.
Es una Caución, eso significa que sirve como garantía para el asegurado (el estado), que requiere al Tomador (titular de la actividad peligrosa) que ante un daño ambiental de incidencia colectiva, enmendé el accidente con la póliza. Por supuesto, el hecho debe manifestarse, o descubrirse, durante la vigencia de la póliza
- ¿Quiénes son los sujetos obligados a contratarlo? Las instalaciones fijas de actividades industriales y de servicio con Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) igual o superior a 14.5.
- ¿Y quiénes están excluidos? Actividades extractivas de petróleo, continentales o en plataforma submarina, las terminales portuarias y los conductos, ductos y poliductos que transporten materiales peligrosos fuera del predio de la instalación, serán objeto de tratamiento mediante una norma especial.
- ¿Qué es el NCA? Es un indicador que mide el grado de potencialidad de producir un daño ambiental propio de una ubicación o establecimiento determinado. Mediante este cálculo se determina quienes son los sujetos que deben cumplir con el seguro ambiental obligatorio
- ¿Qué datos debe tener en cuenta la entidad para calcular el NCA de su establecimiento?
-) Rubro, categorizado en el CIIU (Clasificación Internacional Industrial Uniforme).
-) Efluentes y Residuos.
-) Riesgos propios de la actividad (Incendio, explosión, etc.).
-) Dimensión (Fuerza motriz instalada, cantidad de personal, superficie, FOS - factor de ocupación del suelo).
-) Locación y servicios disponibles.
¿Y qué es el Monto Mínimo de Entidad Suficiente (MMAES) que se calcula en el SAO? Es la suma asegurada mínima que debe tener la póliza de Caución Ambiental por riesgos de la actividad.
Les dejamos los requisitos para cotizar y contratar el Seguro Ambiental Obligatorio, los mismos dependerán de la Compañía que lo ofrezca, pero por lo general piden:
- Por tratarse de un seguro de garantía, la industria debe calificarse tanto en los aspectos patrimoniales, financieros y de carácter, como por su manejo medio ambiental. Además hay que determinar el ESAI (estudio de la situación ambiental inicial),
- Copia de balance del Tomador (personas jurídicas), Ganancias y Bienes Personales (personas físicas).
- Solicitud de seguro ambiental.
- Formulario de autodeterminación del MMAES, el mismo es analizado por la Compañía, y en caso de emisión se realiza una auditoria in situ.
- Si se solicita cotización de un SAO para una obra, se debe acompañar con la memoria técnica y expresar si consideran en la autodeterminación obrador, traza de obra o ambos.
Si la cotización es para una estación de servicio, se debe informar en concepto de DDJJ si es dual, de líquidos o GNC; si tiene lubricentro y/o lavadero; si son de bandera, y a cuál pertenecen; si tuvieron alguna contaminación que estén remediando o hayan remediado.
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