Se estableció, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), a través de la Disposición N° 544, que todas las motos 0 km podrán circular por la vía Pública únicamente si disponen de un seguro obligatorio anual.
La Disposición resuelve que, en un plazo de 60 días, se debe reglamentar y participa a los organismos, incluida la SSN, para que hagan cumplir la reglamentación.
La medida es obligatoria e impacta positivamente en la venta de Seguros.