¡Atención! Los comercios que vendan medicamentos de venta libre deberán contar con un
seguro que cubra riesgos de venta de productos farmacéuticos.
A través del Decreto 64/2024 publicado el 22 de enero en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud resolvió (en base a lo especificado en el DNU 70/23) que los establecimientos que no estén habilitados como farmacia (kioscos, drugstore, entre otros) sólo podrán comercializar medicamentos de venta libre que sean antiácidos y analgésicos. Y para poder hacerlo, deberán contar con una RC Productos que tenga una suma asegurada mínima de 750 salarios mínimos, vitales y móviles.
Además, la Resolución establece requisitos cómo:
- Contar con lugar dónde almacenar los medicamentos. Deben estar separados de otros productos, guardados bajo llave y si están exhibidos, no pueden estar al alcance del público.
- No se pueden ofrecer de manera fraccionada.
- No se pueden vender a menores de 18 años, entre otras regulaciones.