Seguro de caución para Obras y Servicios Públicos y Privados Novedades de Dirección Buenos Aires
25 de Junio de 2021
Publicado por Dirección Buenos Aires
Si tenés o conocés a alguien con un negocio que precise de garantías para operar con un tercero, a causa de exigencias contractuales o legales, la mejor solución es contratar un Seguro de Caución. Ya que cubre la obligación de dar o hacer (cumplir con un trabajo, brindar un servicio, entregar una mercadería, etc.), y se utiliza como complemento de un contrato pre-existente, dónde se establece un compromiso para resarcir a la parte perjudicada en caso de que no se cumpla lo pactado.
Este es un gran apoyo para el desarrollo de las actividades económicas de un negocio, es de fácil contratación, posee primas competitivas en comparación con productos similares (Avales Bancarios) lo que permite que el Tomador del Seguro pueda liberar la línea crediticia y así evitar la inmovilización de fondos, esto hace que el cliente pueda destinar toda su capacidad económica a al desarrollo del proyecto, y de nuevos emprendimientos.
Vale destacar que no cubre las obligaciones financieras, y que las partes que intervienen en el mismo son 3: Tomador (quién contrata la póliza para garantizar su obligación), Asegurado (quién exige la garantía como respaldo propio, en caso de incumplimiento del Tomador) y Aseguradora (quien otorga el Seguro).
Existen muchos tipos de Cauciones, pero en esta ocasión vamos a destacar las Garantías de Obras Y Suministros Públicos y Privados.
Seguro de Caución para Obras y Servicios Públicos y Privados
Destinado para contratos de trabajos de obras, servicios y suministros públicos o privados, mediante el cual se garantizan las obligaciones del Tomador desde la apertura de la licitación hasta la finalización definitiva de las obras. Estos contratos poseen coberturas cómo:
- Mantenimiento de Oferta: garantiza las obligaciones del Tomador de mantener la oferta, y en su caso, firmar el contrato respectivo en los tiempos estipulados por la Ley
- Ejecución de Contrato: es lo exigido al Tomador para responder por el cumplimiento, en tiempo y forma, de las obligaciones provenientes del contrato del que es beneficiario.
- Anticipo Financiero: asegura la correcta aplicación del adelanto recibido, o a recibir, por el Tomador del Seguro de parte del Asegurado, de acuerdo al contrato celebrado entre ambos. Esto por lo general, sirve como ayuda económica destinada a cubrir gastos previos a la iniciación del trabajo, cómo traslados de equipos, instalaciones, estudios, planos, etc.
- Anticipo para Acopio de Materiales: garantiza que el anticipo recibido por el Tomador se destine a la compra y acopio de determinados materiales, que faciliten el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato.
- Sustitución de fondos de reparo: el objeto de esta cobertura es el reemplazo de las retenciones a efectuar por el Asegurado al Tomador, para garantizar la realización de las reparaciones que deben hacerse durante el período de Garantía, originadas en defectos de la mano de obra, mala calidad de los materiales utilizados y/o vicios ocultos.
Garantía de Tenencia de Materiales para Fabricación o Montaje: esta responde por la posesión y luego incorporación a la producción, construcción o montaje que realice el Tomador por encargo del Asegurado, de los materiales recibidos de éste.
- Garantía de Certificación de Avances de Fabricación: se garantizan los anticipos otorgados por el Asegurado al Tomador en concepto de pago de la certificación por el avance de los trabajos contractuales.
- Garantía de tenencia de bienes para su uso, reparación, manutención o reacondicionamiento: responde ante la tenencia y, posteriormente, la devolución de los bienes de propiedad que el Asegurado entregó o entregará al Tomador.
Es importante destacar que este tipo de contratos finalizan, una vez que termina la obligación (contrato pre-existente) del Tomador con el Asegurado.
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